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Calculadora de retenciones de IVA e ISR

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IVA

Desglose de la factura

Emite: persona física en régimen general. Paga: persona moral. Actividad: Honorarios.

Total a recibir
$953.33
Subtotal
$1,000.00
IVA trasladado (16%)
$160.00
IVA retenido
−$106.67
ISR retenido
−$100.00

Cómo se obtuvo

  1. IVA trasladado (16%) 1,000.00 × 16% = 160.00
  2. IVA retenido 160.00 × 2/3 = 106.67
  3. ISR retenido 1,000.00 × 10% = 100.00
  4. Total a recibir 1,000.00 + 160.00 − 106.67 − 100.00 = 953.33

Fundamento: LIVA art. 1o.-A, fr. II, a) y RLIVA art. 3, fr. I; LISR art. 106. Tasas verificadas en el texto vigente el 18 de septiembre de 2026.

Resultado orientativo: no sustituye la asesoría de un contador.

La calculadora de retenciones da el IVA y el ISR que te retienen y el total que recibes, desde el subtotal de tu factura o desde el neto que quieres cobrar.

Cuándo se retiene y cuánto

Las retenciones las hace la empresa (persona moral) que paga. Estos son los casos que cubre la calculadora:

OperaciónIVA retenidoISR retenidoFundamento
Honorarios de persona física a empresa Dos terceras partes del IVA (10.6667% del subtotal con la tasa de 16%) 10% del subtotal LIVA art. 1o.-A, fr. II, a); RLIVA art. 3, fr. I; LISR art. 106
Arrendamiento (renta) de local, oficina u otro inmueble de persona física a empresa Dos terceras partes del IVA 10% del subtotal LIVA art. 1o.-A, fr. II, a); RLIVA art. 3, fr. I; LISR art. 116
Arrendamiento de casa habitación sin amueblar No hay: está exenta de IVA 10% del subtotal LIVA art. 20, fr. II; LISR art. 116
Persona física del RESICO que factura a una empresa Dos terceras partes del IVA en servicios y rentas; no hay en venta de bienes 1.25% del subtotal, sin IVA LISR art. 113-J
Fletes (autotransporte terrestre de bienes) que recibe una empresa 4% del valor del servicio No hay, salvo que quien factura esté en el RESICO (1.25%) LIVA art. 1o.-A, fr. II, c); RLIVA art. 3, fr. II

Si quien paga es una persona física, en estos casos no retiene: los artículos citados de la Ley del IVA, su reglamento y la Ley del ISR obligan sólo a las personas morales.

La retención de 6% de IVA ya no existe

La fracción IV del art. 1o.-A de la LIVA, que pedía retener el 6% en servicios de personal, se derogó con el decreto publicado en el DOF el 23 de abril de 2021 y dejó de aplicar el 1 de septiembre de 2021. Esta calculadora no la incluye.

Fórmula de la calculadora de retenciones

Lo que recibes es el subtotal más el IVA, menos el IVA y el ISR retenidos, y es el total que aparece en la factura. Si sabes cuánto quieres recibir, divide entre el factor del caso. En honorarios con la tasa general el factor es 1 + 0.16 − 0.106667 − 0.1 = 0.953333: para recibir $10,000.00 hay que facturar un subtotal de $10,489.51.

En el RESICO cambia el ISR: con $10,000.00 de honorarios se retienen $125.00 (1.25%) en lugar del 10%, y recibes $10,408.33. Para el ISR que pagas cada mes en ese régimen está la calculadora RESICO.

Cada renglón se redondea a centavos. El IVA retenido se calcula sobre el IVA ya redondeado, porque el reglamento de la LIVA (art. 3) habla de las dos terceras partes «del impuesto que se les traslade».

Qué pasa con lo retenido

Para sumar o quitar sólo el IVA, usa la calculadora de IVA. Si facturas en dólares, pásalos a pesos con el tipo de cambio del DOF; en euros, con el tipo de cambio del euro.

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