El fondo de ahorro es una prestación en la que tu empresa aporta lo mismo que tú: un porcentaje de tu sueldo que te descuentan en cada pago. Lo que junta el fondo se entrega una vez al año o al terminar tu trabajo, y la parte de la empresa no paga ISR hasta el 13% de tu sueldo y $55,633.03 en 2026.
- Cuándo se retira
- Una vez al año o al terminar la relación de trabajo.
- Préstamos
- Uno al año, sin pasar de lo que tengas ahorrado.
- ¿Es obligatorio?
- No: existe si la empresa lo ofrece en tu contrato.
- IMSS
- No cotiza si los dos depositan lo mismo y no se puede retirar más de dos veces al año.
Qué es el fondo de ahorro y cómo funciona
Es un plan que la empresa arma para sus trabajadores. En cada nómina te descuenta el porcentaje acordado, pone una cantidad igual y guarda las dos en el fondo, que otorga préstamos a los mismos trabajadores e invierte el resto en valores del gobierno federal, títulos que se ofrecen al público inversionista o renta fija (RLISR art. 49, fr. II). Al retirarlo recibes lo que pusiste tú, lo que puso la empresa y, según las reglas del plan, lo que rindió.
Con $20,000.00 al mes y un plan de 13%, te descuentan $2,600.00 y la empresa pone otros $2,600.00: en un año se juntan $62,400.00, más los rendimientos.
Cuándo se paga el fondo de ahorro
En la fecha que fije el plan. Para que la empresa pueda deducirlo, el reglamento del ISR sólo permite retirar el ahorro una vez al año o al terminar la relación de trabajo (RLISR art. 49, fr. I). Si renuncias o te despiden, el plan debe dejarte retirar lo ahorrado, y ese pago va aparte del finiquito.
Antes de la fecha de retiro, el fondo puede prestarte una vez al año hasta lo que tengas ahorrado. Para un segundo préstamo en el mismo año, el anterior debe estar pagado desde hace al menos seis meses (fr. III).
¿El fondo de ahorro es obligatorio?
No. La Ley Federal del Trabajo no lo menciona: existe si la empresa lo ofrece en tu contrato individual o en el colectivo. Si lo ofrece y lo quiere deducir, debe darlo de manera general a sus trabajadores y aportar lo mismo que cada uno (LISR art. 27, fr. XI).
Fondo de ahorro y caja de ahorro
La caja de ahorro la forman los trabajadores con sus propias cuotas. La empresa las descuenta de la nómina sólo si das tu conformidad de forma expresa y libre, y el descuento no puede pasar del 30% de lo que ganas arriba del salario mínimo (LFT arts. 110, fr. IV, y 132, fr. XXIII). En el fondo de ahorro, en cambio, la empresa pone lo mismo que tú. Lo que recibes de cualquiera de los dos no paga ISR cuando cumple los requisitos para que la empresa lo deduzca (LISR art. 93, fr. XI).
Impuestos del fondo de ahorro
Tu parte ya pagó ISR con tu sueldo. La de la empresa está exenta hasta el 13% de tu sueldo y 1.3 UMA en el año; lo que pase de ahí se suma a tu sueldo (LISR arts. 93, fr. XI, y 94). Esta exención no cuenta en el límite de 7 UMA de la previsión social, el mismo que limita los vales de despensa (art. 93, último párrafo). La calculadora de fondo de ahorro separa lo exento y lo gravado con tu sueldo y el tope de cada periodo.
Fuentes
- Ley del ISR, arts. 27, fr. XI, 93, fr. XI y último párrafo, y 94; su reglamento, art. 49.
- Ley Federal del Trabajo, arts. 110, fr. IV, y 132, fr. XXIII.
- Ley del Seguro Social, art. 27, fr. II. Parámetros y bitácora: metodología y fuentes.