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Sueldo bruto a neto

Qué cantidad conoces

Cada cuánto te pagan ese sueldo
Más opciones

Cambia los días de vacaciones, y con ellos la prima que se suma al salario base del IMSS.

Lo que aportas de tu sueldo; la empresa pone lo mismo. Déjalo vacío si no tienes fondo de ahorro.

Sueldo neto
$13,197.38
ISR que te retienen
$1,402.82
Cuotas del IMSS
$399.80
Sueldo bruto
$15,000.00

Cómo se obtuvo

  1. Salario diario 15,000.00 ÷ 30 = 500.00
  2. Salario base de cotización 500.00 × (365 + 18) ÷ 365 = 524.66
  3. Cuotas sobre el salario base (2.375%) 524.66 × 30.4 días × 2.375% = 378.80
  4. Excedente de 3 UMA (0.40%) (524.66 − 351.93) × 30.4 días × 0.40% = 21.00
  5. Excedente del límite inferior (renglón 5) 15,000.00 − 14,644.65 = 355.35
  6. Impuesto marginal 355.35 × 17.92% = 63.68
  7. ISR según la tarifa 63.68 + 1,339.14 de cuota fija = 1,402.82
  8. Sueldo neto 15,000.00 − 1,402.82 − 399.80 = 13,197.38

Parámetros de pago de 2026; enero usa la UMA de 2025.

Base legal: LISR art. 96; Anexo 8 de la RMF 2026; decreto del subsidio para el empleo (DOF 31-12-2025); LSS arts. 25, 27, 28, 36, 106, 107, 147 y 168. Fuentes verificadas el 22 de septiembre de 2026.

Resultado orientativo: no incluye Infonavit, Fonacot ni otros descuentos de tu recibo, y no sustituye la asesoría de un contador.

Sueldo bruto a neto con $15,000.00 al mes: recibes $13,197.38, porque te retienen $1,402.82 de ISR y $399.80 de cuotas del IMSS. Es el caso del primer año de trabajo, con las prestaciones mínimas de ley.

Qué te descuentan del sueldo bruto al neto

El ISR sale de la tarifa del periodo de pago (tablas ISR 2026; si te pagan cada 14 días, la diaria por 14). Si ganas hasta $11,492.66 al mes, el subsidio para el empleo lo reduce. Las cuotas obreras del IMSS son un por ciento del salario base de cotización:

RamoCuota del trabajadorLey del Seguro Social
Enfermedades y maternidad (prestaciones en dinero) 0.25% del salario base art. 107
Gastos médicos de pensionados 0.375% del salario base art. 25
Invalidez y vida 0.625% del salario base art. 147
Cesantía en edad avanzada y vejez 1.125% del salario base art. 168
Enfermedades y maternidad (excedente) 0.40% de lo que pase de 3 UMA ($351.93 diarios) art. 106 y transitorio décimo noveno

El retiro (2% del salario base, art. 168) y las demás cuotas patronales no salen de tu sueldo.

El salario base de cotización

Es tu salario diario integrado, el salario diario con la parte proporcional de lo que recibes cada año (LSS art. 27): salario diario × (365 + días de aguinaldo + días de vacaciones × prima vacacional) ÷ 365. Con las prestaciones mínimas, 15 días de aguinaldo y una prima de 25% sobre las vacaciones que te tocan, el primer año suma 18 días: 500.00 × (365 + 18) ÷ 365 = $524.66. No puede ser menor que el salario mínimo ni mayor que 25 UMA, $2,932.75 diarios en 2026 (art. 28). Otros pagos, como bonos o comisiones, también se suman, con las excepciones del mismo art. 27.

Días del periodo

El IMSS cobra por los días de cada mes, de 28 a 31. Esta calculadora usa el promedio: 30.4 días para un mes y 15.2 para una quincena. En un mes de 31 días la cuota real es un poco mayor, y en febrero, menor. Una catorcena cotiza 14 días; una semana, 7.

Con el salario mínimo

Si ganas el salario mínimo, no se te retiene ISR (LISR art. 96) y tu cuota del IMSS la paga el patrón (LSS art. 36): el neto es igual al bruto.

Sueldo bruto a neto con fondo de ahorro

Si tu empresa tiene fondo de ahorro, escribe en «Más opciones» el porcentaje que aportas. Tu parte se descuenta de lo que te depositan, aunque sigue siendo tuya, y la empresa pone lo mismo; ninguna de las dos cotiza al IMSS (LSS art. 27, fr. II). La de la empresa no paga ISR hasta el 13% de tu sueldo y $4,636.09 al mes, 1.3 UMA al año repartidas en doce pagos; lo que pase se suma a tu sueldo para el ISR (LISR arts. 93, fr. XI, y 94). Con $20,000.00 al mes y 13%, te depositan $14,469.00 en lugar de $17,069.00. Cuándo te entregan lo ahorrado está en la guía del fondo de ahorro, y el cálculo del año, en la calculadora de fondo de ahorro.

Qué no incluye

Fuentes

Ley del ISR, art. 96, y tarifas del Anexo 8 de la RMF 2026; decreto del subsidio para el empleo; Ley del Seguro Social, arts. 25, 27, 28, 36, 106 (con su transitorio décimo noveno), 107, 147 y 168; Ley Federal del Trabajo, arts. 76, 80 y 87. Los textos consultados y su fecha están en metodología y fuentes.

Otras calculadoras