Saltar al contenido

Calculadora RESICO

Más opciones
Cliente
IVA

Desglose de la factura

Emite: persona física en RESICO. Paga: persona moral. Actividad: Servicios (honorarios).

Total a recibir
$1,040.83
Subtotal
$1,000.00
IVA trasladado (16%)
$160.00
IVA retenido
−$106.67
ISR retenido
−$12.50

Cómo se obtuvo

  1. IVA trasladado (16%) 1,000.00 × 16% = 160.00
  2. IVA retenido 160.00 × 2/3 = 106.67
  3. ISR retenido 1,000.00 × 1.25% = 12.50
  4. Total a recibir 1,000.00 + 160.00 − 106.67 − 12.50 = 1,040.83

Fundamento: LIVA art. 1o.-A, fr. II, a) y RLIVA art. 3, fr. I; LISR art. 113-J. Tasas verificadas en el texto vigente el 18 de septiembre de 2026.

Reúne los ingresos efectivamente cobrados en ese mes. El ISR del mes es distinto de la retención de cada factura.

ISR que te retuvieron
¿Te pagaron empresas (personas morales)?
Revisar el acumulado del año

Incluye tus ingresos de actividad, sueldos e intereses de esos meses que cuenten para el límite del art. 113-E. Escribe 0 si no hubo ingresos anteriores.

Sólo los que cuentan para el límite anual. No se suman a la base del ISR de RESICO. Este control no determina por sí solo si puedes permanecer en el régimen.

ISR a pagar
$330.00
Tasa aplicable
1.10%
ISR del mes
$330.00

Cómo se obtuvo

  1. ISR del mes (1.10%) 30,000.00 × 1.10% = 330.00

Tabla mensual del LISR art. 113-E y retención del art. 113-J, verificadas en el texto vigente el 18 de septiembre de 2026.

Resultados orientativos: no sustituyen la asesoría de un contador.

La calculadora RESICO tiene dos pestañas: «Factura» da lo que te retiene la empresa y lo que recibes, e «ISR del mes» calcula tu pago mensual con la tabla del art. 113-E y le resta lo que te retuvieron.

Factura en el RESICO: qué te retienen

Cuando facturas a una empresa (persona moral), te retiene el 1.25% de ISR sobre el subtotal, sin contar el IVA (LISR art. 113-J). En servicios y rentas también te retiene dos terceras partes del IVA (LIVA art. 1o.-A y RLIVA art. 3); en fletes, el 4% del valor; en la venta de bienes, IVA no. Si le facturas a una persona física, no hay retenciones.

Para recibir $10,000.00 por un servicio, factura un subtotal de $9,607.69: escribe lo que quieres recibir en «Total a recibir» y la calculadora busca el subtotal que lo da al centavo.

Tabla mensual del RESICO

El pago de cada mes se calcula sobre los ingresos cobrados y amparados por factura, sin IVA y sin deducciones (LISR art. 113-E):

Ingresos del mes sin IVATasa
Hasta $25,000.00 1.00%
De $25,000.01 hasta $50,000.00 1.10%
De $50,000.01 hasta $83,333.33 1.50%
De $83,333.34 hasta $208,333.33 2.00%
De $208,333.34 hasta $3,500,000.00 2.50%

La tasa se aplica a todo el ingreso del mes, no por escalones. Con $25,000.00 pagas $250.00 (25,000.00 × 1.00%); con $25,000.01, un centavo más, pagas $275.00 (25,000.01 × 1.10%).

La retención de 1.25% en tu pago mensual

La empresa entrega lo retenido al SAT a más tardar el día 17 del mes siguiente, y tú lo consideras en tu pago mensual (LISR art. 113-J), que también vence el día 17; pagado tarde lleva actualización y recargos. Con $30,000.00 de ingresos el ISR del mes es de $330.00: si $10,000.00 te los pagaron empresas, te retuvieron $125.00 y pagas $205.00; si todo te lo pagaron empresas, la retención de $375.00 supera el ISR del mes.

En «ISR del mes» puedes estimar la retención con lo que te pagaron empresas o introducir el importe exacto de tus CFDI cobrados. La calculadora separa el impuesto a pagar del excedente de retenciones; este último no es una devolución automática.

Quién puede tributar en el RESICO

Personas físicas con actividades empresariales, profesionales o de arrendamiento cuyos ingresos del año anterior no pasaron de $3,500,000.00; también si además tienen sueldos o intereses, siempre que el total no pase de ese monto. Si en el año se rebasa, dejan de tributar en el RESICO desde el mes siguiente (LISR art. 113-E). No pueden:

Qué no incluye la calculadora RESICO

Otras calculadoras